Regional

Gobernación invita a morosos del Impuesto de Registro a aprovechar descuentos del Gob Nal

17 de Septiembre de 2020

La Unidad Especial de Rentas del Valle hizo un llamado a los contribuyentes que se encuentran en mora del impuesto de registro, tradicionalmente conocido como boleta fiscal, para que se pongan al día con sus obligaciones y aprovechen los descuentos del Decreto 0678 de 2020.

Zoraida Bravo, gerente de Rentas, explicó que las personas que no registraron la escritura ante la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos o ante las Cámaras de Comercio, dos meses después de haber realizado la transacción de compra del bien de la vigencia 2019 hacia a atrás, pueden aprovechar los descuentos del capital y hasta del 100% de los intereses y sanciones.

“El llamado es a que aprovechen el descuento otorgado por el Gobierno nacional porque después de pasado los dos meses del registro de la escritura en notaría pública, hay una liquidación de intereses moratorios diarios. En nuestros registros tenemos contribuyentes que tienen escrituras con mora desde hace 10 y 15 años”, señaló la funcionaria, tras resaltar que esta es la oportunidad para ponerse al día y aliviar el bolsillo.

Explicó a los ciudadanos que mientras no haya registro de las escrituras en la oficina de Registro e Instrumentos Públicos o las Cámaras de Comercio, no son propietarios. “La acreditación de la propiedad se da cuando la anotación de la escritura está en el certificado de tradición”, subrayó Bravo.

Explicó que para las escrituras expedidas desde el 31 de mayo del 2016 hasta la fecha los trámites se hacen directamente con las notarías y ellos solicitan directamente la liquidación a la Oficina. Si la escritura tiene una suscripción anterior a la fecha antes mencionada o fueron realizadas en notarías fuera del departamento se tiene habilitado el correo electrónico [email protected], a través del cual se puede hacer la solicitud de liquidación, adjuntado en un PDF la escritura, el avalúo catastral y el certificado de tradición.

Luego de recibida la liquidación vía correo electrónico, el contribuyente deberá realizar el pago en los bancos de Bogotá y Occidente y dirigirse a la oficina de Registro para legalizar su escritura.

Zoraida Bravo recordó, además, que el Decreto 0678 de mayo de 2020, da tres oportunidades para ponerse al día con las obligaciones financieras. “Quienes paguen hasta el 31 de octubre de 2020 cancelan el 80% del capital adeudado y tendrán un descuento total de los intereses de mora y sanciones; entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020, pagarán el 90% del capital, sin intereses ni sanciones, y si lo hacen entre el 1 de enero y el 31 de mayo del 2021, pagarán el 100% del capital de la obligación, sin intereses y las sanciones”, concluyó.



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