Politica

Concejal de Obando pierde su curul

26 de Agosto de 2016
imagen 1 El tribunal de lo contencioso administrativo del Valle en fallo de primera instancia, decretó la pérdida de investidura del concejal del municipio de Obando Norbey Giraldo Cardona. De acuerdo con la sentencia  Giraldo Cardona, elegido concejal para el periodo 2016-2019, se desempeña simultáneamente como docente de la Institución Educativa San José sede principal del Municipio de Obando como empleado público en los servicios de docente, con intensidad horaria de tiempo completo y pese a ello se inscribió como candidato al concejo, resultó elegido y tomó posesión como tal, sin haber renunciado a su cargo de docente. El Concejal tomó posesión de su cargo el 2 de enero pasado como consta en el Acta No. 001 del Concejo Municipal, asistió a la sesión del 9 de enero de 2016 como consta en el Acta No. 002 y también asistió  a las sesiones ordinarias de los meses de febrero y mayo del presente año. Norbey Giraldo Cardona, del partido Alianza Social Independiente ASI,  argumentó en su defensa que no había incompatibilidad alguna por haber desistido de recibir la remuneración de los honorarios como concejal, lo que para el tribunal no evita o elimina la simultaneidad de ambas condiciones o calidades oficiales, de empleado público y concejal, que es constitutivo de la causal de pérdida de investidura. Es suficiente con tener la condición de miembro de una corporación administrativa territorial y simultáneamente aceptar o desempeñar un cargo en la administración pública, señala la ponencia de la magistrada Luz Helena Sierra Valencia. Textualmente el fallo señala: ARTÍCULO PRIMERO: DECRÉTASE la pérdida de investidura del señor NORBEY GIRALDO CARDONA como concejal del municipio de Obando – Valle para el periodo 2016-2019, por las razones expuestas en la parte motiva de este fallo. ARTÍCULO SEGUNDO: OFÍCIESE a la Procuraduría General de la Nación con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 174 de la Ley 734 de 2002. ARTÍCULO TERCERO: Una vez ejecutoriada esta sentencia, REMÍTASE copia al Presidente del Concejo Municipal de Obando para lo de su cargo.


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