Regional

Suspensión para Javier Andrés Herrera "Tato"

12 de Septiembre de 2019

La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de tres meses al exalcalde de Ulloa, Valle del Cauca, Javier Andrés Herrera Hurtado, por irregularidades contractuales en la adquisición de un predio de 3.281 metros cuadrados.
En fallo de segunda instancia, la Procuraduría Regional de Quindío estableció que el disciplinado suscribió un contrato privado de promesa de compraventa el 5 de marzo de 2015, sin que en ese momento existiera el correspondiente Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP), con lo que existió una deficiente planeación, gestión y control de los recursos.

“Al señor Herrera Hurtado se le olvidó que una cosa son los contratos entre particulares, donde puede disponer a su arbitrio y en las condiciones que quiera su propio dinero, cumplan o no con exigencias legales; otra muy distinta, es cuando se actúa en nombre y representación de una entidad pública, como en este caso”.

El órgano de control calificó la falta del disciplinado como grave a título de culpa.

Contra esta decisión proferida en segunda instancia no procede recurso alguno.

A la sanción de suspensión se aplicó la conversión en salario según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 734 de 2002, que señala “cuando el disciplinado haya cesado en sus funciones para el momento de la ejecutoria del fallo o durante la ejecución del mismo, cuando no fuere posible ejecutar la sanción se convertirá el término de suspensión o el que faltare, según el caso, en salario de acuerdo al monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta (…)”.



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