Ya no habrá descuento por pronto pago en impuestos

22 de Septiembre de 2016
La corte constitucional ha declarado la inexequibilidad de las normas que establecen amnistías tributarias, que venían siendo otorgadas por los entes territoriales municipales a través de acuerdos de los concejos. De acuerdo con el secretario de hacienda, a partir de ahora, los descuentos hasta del 80 % sobre los intereses de mora que se otorgaban por pronto pago en impuestos como predial e industria y comercio, son prohibidos por la ley, por lo que los contribuyentes tendrán que pagar la totalidad de la deuda. Así las cosas, ni el concejo ni el ejecutivo podrán en adelante autorizar descuentos por pronto pago en los impuestos. El principal argumento de la corte es que las amnistías estaban fomentando la cultura del no pago y perjudicaban a quienes cumplidamente pagan sus tributos. Por eso la recomendación para que los contribuyentes paguen cumplidamente y se eviten sanciones.


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