Procede la sala sección quinta del contencioso administrativo resolver los recursos de apelación, interpuestos por las partes,
PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca el 17 de mayo de 2024, mediante la cual se declaró la nulidad del acto de elección demandado.
De esta forma la Sala Quinta del Consejo de Estado ratificó la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, el 17 de mayo de 2024, mediante la cual se declaró la nulidad de la elección de Jimmy Hernández como concejal de Cartago Valle por el partido Nuevo Liberalismo.
Según la decisión, Hernández celebró un contrato público con INCIVA en febrero de 2023, dentro del año previo a las elecciones, infringiendo el artículo 43 de la Ley 136 de 1994.
El fallo también ordena la cancelación de su credencial, reafirmando el respeto al régimen de inhabilidades.
Queda así solucionada una inconsistencia que duro más de un año en definirse una de las curules en el concejo de Cartago durante el periodo 2024, pues solo sesionaron 16 de los 17 concejales. La vacancia la entraría a suplir el Arquitecto Adalberto Maldonado.
La comunidad y en especial el sector político sigue a la espera que se definan otras demandas que hacen curso en el Tribunal Administrativo del valle, en contra de otros concejales de la ciudad.
La sentencia excluye anulación de votos y posibles nuevos escrutinios que otra de la peticiones del demandante.